A continuación...
ESTATUTOS COOPERATIVA “THE MERMAID”
Capítulo 1:
DENOMINACIÓN Y ÁMBITO SOCIAL DE ACTUACIÓN
La cooperativa funcionará bajo el nombre de “The Mermaid”.
Artículo
2. Objeto social.
La cooperativa tiene por objeto las siguientes
actividades:
-Elaboración y venta al por menor de agendas
-Decoración y venta de caracolas
-Aderezo y venta de horquillas
Artículo
3. Duración de la actividad
La cooperativa se constituye por el tiempo que dure el
curso escolar 2015/16.
DOMICILIO SOCIAL
Artículo
4. Domicilio social
El domicilio social queda establecido en el I.E.S.
Cartuja, C/ Travesal de Palma s/n, CP 18011 Granada.
RÉGIMEN ECONÓMICO
Artículo
5. Capital social
El capital de inversión se fija en 60€. Se divide en 6
participaciones de 10 € cada una. Cada participación otorga a cada titular
todos los derechos y obligaciones derivadas de las mismas.
Artículo
6. Distribución de beneficios
La distribución de beneficios tras el pago de las deudas
se realizará del siguiente modo:
Un 10% de los
beneficios se donará a la entidad benéfico–social que se fije en la Asamblea
General.
Capítulo 4:
ÓRGANOS DE LA SOCIEDAD
Artículo
7. Régimen y organización de la cooperativa
El reparto de tareas se hará de acuerdo con las aptitudes
y actitudes de cada uno de los socios, pero sin olvidar la perspectiva de grupo
de trabajo.
Las decisiones sobre las propuestas de los distintos
departamentos serán aprobadas por mayoría de votos a favor por la Asamblea
General.
Capítulo 5:
LIBROS Y CONTABILIDAD
Artículo
8. Las cuentas
Los informes de las cuentas se presentarán por parte de
los interventores a los socios cooperativistas cada mes y serán supervisadas
previamente por el Consejo Rector.
Capítulo 6:
DISOLUCIÓN
Artículo
9. Pérdida de la condición de socio.
Cualquier socio que debido a su comportamiento altere el
orden y buen funcionamiento de la cooperativa será privado de la condición de
socio, teniendo derecho a la devolución de su cuota de participación cuando la
cooperativa se disuelva, una vez deducida
las pérdidas de cualquier naturaleza y no podrá participar en las actividades
lúdicas y culturales que organice la cooperativa.
Artículo
10. Disolución
La cooperativa se disolverá cuando se cumpla el plazo
fijado en estos Estatutos.
Tras la firma del acuerdo de disolución se abrirá un
periodo de liquidación en el que se reclamarán y saldarán las deudas pendientes
de la cooperativa, con posterioridad se procederá a la aprobación del balance
final y distribución de excedentes si los hubiere, tal como se indica en estos
Estatutos. Los retornos a los socios se acreditan en proporción a las
actividades y aportaciones de capital realizadas por cada uno de ellos a la
cooperativa.
En Granada 1 de diciembre de 2015
Firma
de todos los socios cooperativistas
Doña Aida Coraima
Márquez Bueno.
Doña María del
Mar Huete Bravo.
Don Juan Camilo Prada Carvajal.
Don Alejandro
Martínez Bailón.
Don Cristian
González Almagro
Doña Andrea
Jiménez Pérez
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