Documentos

 Este es el organigrama de nuestra cooperativa:





A continuación...


ESTATUTOS COOPERATIVA “THE MERMAID”

 

Capítulo 1:

DENOMINACIÓN Y ÁMBITO SOCIAL DE ACTUACIÓN

 Artículo 1. Nombre y razón social.

La cooperativa funcionará bajo el nombre de  “The Mermaid”.

 

Artículo 2. Objeto social.

La cooperativa tiene por objeto las siguientes actividades:

-Elaboración y venta al por menor de agendas

-Decoración y venta de caracolas

-Aderezo y venta de horquillas

 Estas actividades serán desarrolladas por el grupo de alumnos de 2ºF.P.B.-Servicios administrativos del  I.E.S Cartuja (Granada).

 

Artículo 3. Duración de la actividad

La cooperativa se constituye por el tiempo que dure el curso escolar 2015/16.

 
 Capítulo 2:

DOMICILIO SOCIAL

Artículo 4. Domicilio social

El domicilio social queda establecido en el I.E.S. Cartuja, C/ Travesal de Palma s/n, CP 18011 Granada.

 
Capítulo 3:

RÉGIMEN ECONÓMICO

Artículo 5. Capital social

El capital de inversión se fija en 60€. Se divide en 6 participaciones de 10 € cada una. Cada participación otorga a cada titular todos los derechos y obligaciones derivadas de las mismas.

Artículo 6. Distribución de beneficios

La distribución de beneficios tras el pago de las deudas se realizará del siguiente modo:

Un  10% de los beneficios se donará a la entidad benéfico–social que se fije en la Asamblea General.

 
Capítulo 4:

ÓRGANOS DE LA SOCIEDAD

Artículo 7. Régimen y organización de la cooperativa

El reparto de tareas se hará de acuerdo con las aptitudes y actitudes de cada uno de los socios, pero sin olvidar la perspectiva de grupo de trabajo.

Las decisiones sobre las propuestas de los distintos departamentos serán aprobadas por mayoría de votos a favor por la Asamblea General.

Capítulo 5:

LIBROS Y CONTABILIDAD

Artículo 8. Las cuentas

Los informes de las cuentas se presentarán por parte de los interventores a los socios cooperativistas cada mes y serán supervisadas previamente por el Consejo Rector.

Capítulo 6:

DISOLUCIÓN

Artículo 9. Pérdida de la condición de socio.

Cualquier socio que debido a su comportamiento altere el orden y buen funcionamiento de la cooperativa será privado de la condición de socio, teniendo derecho a la devolución de su cuota de participación cuando la cooperativa se disuelva, una vez  deducida las pérdidas de cualquier naturaleza y no podrá participar en las actividades lúdicas y culturales que organice la cooperativa.

Artículo 10. Disolución

La cooperativa se disolverá cuando se cumpla el plazo fijado en estos Estatutos.

Tras la firma del acuerdo de disolución se abrirá un periodo de liquidación en el que se reclamarán y saldarán las deudas pendientes de la cooperativa, con posterioridad se procederá a la aprobación del balance final y distribución de excedentes si los hubiere, tal como se indica en estos Estatutos. Los retornos a los socios se acreditan en proporción a las actividades y aportaciones de capital realizadas por cada uno de ellos a la cooperativa.

 

En Granada 1 de diciembre de 2015

 

            Firma de todos los socios cooperativistas
 
Doña Aida Coraima Márquez Bueno.

Doña María del Mar Huete Bravo.

Don  Juan Camilo Prada Carvajal.

Don Alejandro Martínez Bailón.

Don Cristian González Almagro

Doña Andrea Jiménez Pérez

No hay comentarios:

Publicar un comentario